Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección segunda. Vacantes y destino en el Cuerpo
Art. Artículo cuarenta y uno
42 / 61En vigor desde 14 oct 1977
El plazo para la presentación de instancias para tomar parte en los concursos será de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la correspondiente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», Para solicitar las vacantes de provisión por antigüedad el plazo será de doce días hábiles.
No se admitirán al concurso o convocatoria aquellas instancias presentadas fuera de plazo en el Registro del Centro, Dependencia u Oficina correspondiente para su tramitación.
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Proeli/es/rd/1977/09/23/2434#articulo-cuarenta-y-uno