Art. Disposición final segunda
Capítulo CAPÍTULO XI

Art. Disposición final segunda

22 / 22
En vigor desde 26 nov 1986
El presente Real Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/1986/10/10/2424#disposicion-final-segunda