Capítulo CAPÍTULO V
Art. 9
10 / 22En vigor desde 26 nov 1986
El Registro de la Propiedad Industrial procederá, en el plazo de un mes a partir de la fecha de remisión de la traducción, a la publicación de una mención relativa a dicha remisión en el «Boletín Oficial de la Propiedad Industrial». Esta mención llevará las indicaciones necesarias para la identificación de la patente europea.
Asimismo, se publicará un folleto que contenga la traducción al español del fascículo de la patente europea. No se procederá a la publicación si no se hubiera justificado el pago de la tasa correspondiente.
Téngase en cuenta para su aplicación la disposición transitoria final 1.
Historial de versiones
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1986/10/10/2424#art-9