Art. 4
Capítulo CAPÍTULO III

Art. 4

5 / 22
En vigor desde 26 nov 1986
La solicitud de patente europea a la que se haya concedido una fecha de deposito y la patente europea, tienen respectivamente el valor de un depósito nacional efectuado regularmente ante el Registro de la Propiedad Industrial y de una patente nacional.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/1986/10/10/2424#art-4