Art. Disposición final segunda
10 / 11En vigor desde 1 mar 2009
Se habilita al Ministro de Educación, Política Social y Deporte para, en el ámbito de sus competencias, dictar cuantas disposiciones resulten necesarias para desarrollar el presente real decreto.
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Proeli/es/rd/2009/02/27/242#disposicion-final-segunda