Art. 1

Art. 1

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En vigor desde 1 mar 2009
1. El presente real decreto establece las convalidaciones oportunas entre determinadas materias de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato y diversas asignaturas de las enseñanzas profesionales de Música y de Danza. Asimismo establece las posibles exenciones de la materia de Educación Física de Educación Secundaria Obligatoria y de Bachillerato para los deportistas de alto nivel o alto rendimiento y para los estudiantes de las enseñanzas profesionales de Danza. 2. Lo establecido en el presente real decreto será de aplicación para el alumnado de los centros públicos o privados que reúna alguna de las dos condiciones siguientes: a) Que curse o haya cursado en todo o parte las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria o de Bachillerato, y curse o haya cursado las enseñanzas profesionales de Música o de Danza. b) Que curse las enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria o de Bachillerato, y acredite su condición de deportista de alto nivel o de alto rendimiento o de alumno de enseñanzas profesionales de Danza.
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eli/es/rd/2009/02/27/242#art-1