Libro REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA 4/2000, DE 11 DE ENERO, SOBRE DERECHOS Y LIBERTADES DE LOS EXTRANJEROS EN ESPAÑA Y SU INTEGRACIÓN SOCIAL›Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 30
39 / 195En vigor desde 7 feb 2005
La extinción de la vigencia de la prórroga de estancia se producirá por las siguientes causas:
a) Por el transcurso del plazo para el que hubiera sido concedida.
b) Por hallarse el extranjero incurso en alguna de las causas de prohibición de entrada determinadas en el título I.
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Proeli/es/rd/2004/12/30/2393#art-30