Libro REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA 4/2000, DE 11 DE ENERO, SOBRE DERECHOS Y LIBERTADES DE LOS EXTRANJEROS EN ESPAÑA Y SU INTEGRACIÓN SOCIAL›Título TÍTULO XI›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 1.ª El procedimiento ordinario
Art. 122
132 / 195En vigor desde 7 feb 2005
Cuando la infracción imputada sea alguna de las previstas en los artículos 53 o 54, o la conducta a que se refiere el apartado 2 del artículo 57 de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, el procedimiento seguido será el ordinario, salvo en los supuestos especificados en el artículo 130, que se tramitarán por el procedimiento preferente.
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Proeli/es/rd/2004/12/30/2393#art-122