Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición derogatoria única
18 / 23En vigor desde 14 abr 2013
Quedan derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango en cuanto se opongan, contravengan o resulten incompatibles con lo dispuesto en este real decreto y, en particular, el Real Decreto 85/1996, de 26 de enero, por el que se establecen las normas para la aplicación del Reglamento (CE) n.º 1836/1993 del Consejo, de 29 de junio de 1993, por el que se permite que las empresas del sector industrial se adhieran con carácter voluntario a un sistema comunitario de gestión y auditoría ambiental.
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Proeli/es/rd/2013/04/05/239#disposicion-derogatoria-unica