Art. 30
Título TITULO IIICapítulo CAPITULO II

Art. 30

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En vigor desde 28 dic 1985
El convenio en el que se concreten los extremos señalados en el artículo anterior incluirá también las previsiones sobre puesta en funcionamiento del centro y la progresiva aplicación del concierto.
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eli/es/rd/1985/12/18/2377#art-30