Título TITULO V›Capítulo CAPITULO II
Art. 156
180 / 190En vigor desde 11 ene 1995
Al procedimiento sancionador le será de aplicación lo dispuesto con carácter general en el Reglamento de Procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, con las especialidades previstas en los artículos siguientes.
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Proeli/es/rd/1994/12/09/2364#art-156