Art. 50
Capítulo CAPÍTULO V

Art. 50

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En vigor desde 15 oct 1976
1. Las inversiones efectuadas durante el período de administración española de los territorios del Sahara y de sus aguas y plataforma continental, se considerarán realizadas en una provincia española, a efectos de su eventual amortización.
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eli/es/rd/1976/07/30/2362#art-50