Art. Disposición derogatoria única

Art. Disposición derogatoria única

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En vigor desde 24 may 2005
Se deroga el apartado 3 del artículo 107 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, así como cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en este real decreto.
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