Art. Disposición adicional única
Capítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición adicional única

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En vigor desde 2 may 2018
Se deja sin efecto la Resolución de 2 de abril de 2014, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se aprueba el listado de materias primas para la fabricación de biocarburantes de doble cómputo a efectos del cumplimiento de las obligaciones de consumo y venta de biocarburantes con fines de transporte, de las obligaciones impuestas a los sujetos obligados en materia de energías renovables y del objetivo establecido para la utilización de la energía procedente de fuentes renovables en todas las formas de transporte.
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eli/es/rd/2018/04/27/235#disposicion-adicional-unica