Art. Disposición adicional octava
Capítulo CAPÍTULO XI

Art. Disposición adicional octava

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En vigor desde 11 abr 2013
En el Convenio de colaboración que se suscriba con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, se dará preferencia a las actuaciones a realizar en el municipio de Lorca para contribuir a paliar los efectos del seísmo acaecido el 11 de mayo de 2011, especialmente en los programas de rehabilitación edificatoria y regeneración y renovación urbanas.
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