Art. Disposición adicional única
10 / 13En vigor desde 31 mar 2017
El personal militar no facultativo, tendrá dependencia funcional de los oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad de las especialidades fundamentales de medicina y enfermería, en el ejercicio de los cometidos de apoyo a la atención sanitaria.
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Proeli/es/rd/2017/03/10/230#disposicion-adicional-unica