Art. 6

Art. 6

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En vigor desde 31 mar 2017
El Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar, a propuesta del Inspector General de Sanidad, certificará la capacitación del personal militar no facultativo en cometidos de apoyo a la atención sanitaria, así como su oportuna renovación.
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eli/es/rd/2017/03/10/230#art-6