Capítulo CAPÍTULO IV
Art. 9
9 / 19En vigor desde 17 feb 2008
Será Secretario del Consejo el titular de la Dirección General de Emigración.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2008/02/15/230#art-9