Capítulo CAPÍTULO I›Secc. Sección IV. Transporte y venta
Art. 13
19 / 29En vigor desde 30 mar 2013
1. (Derogado)
2. Se cumplirán los requisitos establecidos en el Reglamento del Impuesto de Alcoholes.
Se derogan los apartados 1 y 3 por el del Real Decreto 176/2013, de 8 de marzo. Ref. BOE-A-2013-3402 .
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1981/08/20/2297#art-13