Art. Disposición final tercera

Art. Disposición final tercera

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En vigor desde 31 dic 1985
Por el Ministerio de Industria y Energía, se aprobarán las correspondientes Instrucciones Técnicas Complementarias que desarrollen las previsiones normativas de este Reglamento, previo informe de la Comisión asesora de aparatos elevadores.
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eli/es/rd/1985/11/08/2291#disposicion-final-tercera