Art. Disposición derogatoria única
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición derogatoria única

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En vigor desde 6 ene 1995
Queda derogado el Real Decreto 877/1990, de 6 de julio, por el que se fijan las exigencias de policía sanitaria aplicables a los intercambios intracomunitarios y a las importaciones de esperma congelado de animales de la especie bovina.
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eli/es/rd/1994/11/25/2256#disposicion-derogatoria-unica