Capítulo CAPÍTULO VIII
Art. Disposición final primera
28 / 31En vigor desde 6 mar 2008
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.13a de la Constitución, que atribuyen al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.
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Proeli/es/rd/2008/02/15/225#disposicion-final-primera