Art. 1

Art. 1

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En vigor desde 14 mar 2010
1. Este real decreto tiene por objeto regular el funcionamiento del registro de empresas de ventas a distancia, previsto en el artículo 38.2 de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista. 2. El Registro de empresas de ventas a distancia es un órgano de carácter público y naturaleza administrativa, dependiente de la Dirección General de Política Comercial del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, cuyo objetivo es la obtención de información de las empresas que practican la modalidad de ventas a distancia en el territorio español, así como la elaboración de un censo actualizado de las mismas. Se modifica por el .2 del Real Decreto 200/2010, de 26 de febrero. Ref. BOE-A-2010-4174

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eli/es/rd/2006/02/24/225#art-1