Art. 14
Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección primera: Procedimiento general de concesión

Art. 14

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En vigor desde 16 sept 2008
1. A los efectos de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley, será indispensable presentar, para obtener una fecha de presentación de la solicitud de patente, los siguientes documentos: a) Declaración por la que se solicite la patente que contenga, al menos, la enunciación del título de la invención, los datos de identificación del solicitante con expresión de su nombre y apellidos o denominación social, domicilio y nacionalidad y la firma del solicitante o su representante, en cuyo caso, se identificará con los mismos datos anteriores. b) Una descripción de la invención aunque no cumpla con los requisitos formales establecidos. c) Una nota reivindicatoria, formada por una o varias reivindicaciones. 2. Los documentos mencionados en el número anterior deberán presentarse en castellano o, en el supuesto previsto en el artículo 21.5 de la Ley, en el idioma oficial de la Comunidad Autónoma correspondiente acompañandos de su traducción al castellano. 3. Los funcionarios.encargados de recibir la documentación harán constar la fecha, hora y minutos de la presentación, así como el número del expediente, o número de entrada, en su caso, y verificarán si se acompañan a la solicitud los documentos expresados en la misma. Se deberá entregar al solicitante un justificante de la presentación. Se modifica el apartado 1.b) por el .2 del Real Decreto 1431/2008, de 29 de agosto. Ref. BOE-A-2008-14979

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eli/es/rd/1986/10/10/2245#art-14