Art. Disposición final
6 / 36En vigor desde 22 dic 1984
Quedan facultados los Ministerios competentes para que, previo informe de la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria, puedan dictar las disposiciones necesarias para completar, desarrollar y mejor cumplir lo dispuesto en la adjunta Reglamentación técnico-sanitaria.
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Proeli/es/rd/1984/09/26/2242#disposicion-final