Art. Disposición derogatoria

Art. Disposición derogatoria

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En vigor desde 22 dic 1984
A partir de la fecha de la publicación de la presente Reglamentación quedan derogadas las siguientes disposiciones: Orden de la Presidencia del Gobierno de 26 de noviembre de 1960 («Boletín Oficial del Estado» número 293, de 7 de diciembre), por la que se aprueba la Reglamentación técnico-sanitaria para la elaboración y venta de condimentos y especias naturales. Orden de la Presidencia del Gobierno de 20 de julio de 1961 («Boletín Oficial del Estado» número 177, de 26 de julio), por la que se modifican determinados artículos de la Reglamentación técnico-sanitaria para la elaboración y venta de condimentos y especias naturales. Y cuantas otras disposiciones de igual o inferior rango en lo que se opongan a lo establecido en el presente Real Decreto.
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eli/es/rd/1984/09/26/2242#disposicion-derogatoria