Art. Disposición transitoria primera
Capítulo CAPÍTULO XII

Art. Disposición transitoria primera

50 / 55
En vigor desde 1 may 2004
Los procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto se regirán por lo establecido en el Real Decreto 561/1993, de 16 de abril, por el que se establecen los requisitos para la realización de ensayos clínicos con medicamentos.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/rd/2004/02/06/223#disposicion-transitoria-primera