Art. Disposición derogatoria única
Capítulo CAPÍTULO XII

Art. Disposición derogatoria única

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En vigor desde 1 may 2004
Queda derogado el Real Decreto 561/1993, de 16 de abril, por el que se establecen los requisitos para la realización de ensayos clínicos con medicamentos, sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición transitoria primera, así como cualquier otra disposición de igual o inferior rango que se oponga a lo dispuesto en este real decreto.
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