Art. Disposición transitoria cuarta
Capítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición transitoria cuarta

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En vigor desde 19 mar 2008
Hasta que la Comisión Nacional de Energía aplique la metodología de cálculo que implementa el Modelo de Red de Referencia, la variación de retribución reconocida a cada distribuidor asociada al aumento de la actividad de distribución a que se hace referencia en el artículo 8, se calculará de acuerdo con la siguiente fórmula: Y n-1 i = (R n-1 i – Q n-2 i – P n-2 i ) • (1 + IA n-1 ) • ∆D n-1 i • Fe i Donde: Y n-1 i , R n-1 i , Q n-2 i , P n-2 i , son los parámetros definidos en el artículo 8. IA n-1 , es índice de actualización del año n-1 que se calculará según la siguiente fórmula: IA n-1 = 0,2 • (IPC n-2 – x) + 0,8 • (IPRI n-2 – y) Donde: IPC n-2 , es la variación del índice de precios de consumo calculado en cómputo interanual en el mes de octubre del año n-2. IPRI n-2 , es la variación del índice de precios industria-les de bienes de equipo calculado en cómputo interanual en el mes de octubre del año n-2. x e y, factores de eficiencia que tomarán los valores de x = 80 puntos básicos e y = 40 puntos básicos para el periodo regulatorio 2009-2012. Estos factores se podrán modificar por orden del Ministro de Industria, Turismo y Comercio, previo acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos. Fe i , es el factor de escala aplicable a la empresa distribuidora i. El factor de escala será específico para cada empresa distribuidora y vendrá definido por orden del Ministro de Industria, Turismo y Comercio, a propuesta de la Comisión Nacional de Energía, que deberá tener en cuenta la elasticidad de las inversiones en distribución de la empresa i en función de la demanda de energía en su zona de distribución. ∆D n-1 i , es el aumento de demanda media anual en abonado final en las instalaciones de distribución gestiona-das por la empresa distribuidora i en el año n-1, una vez corregido el efecto de laboralidad y temperatura, expresado en tanto por uno.
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eli/es/rd/2008/02/15/222#disposicion-transitoria-cuarta