Art. Disposición final segunda
21 / 22En vigor desde 1 jul 2001
Se faculta a la Ministra de Ciencia y Tecnología para modificar los anexos de este Real Decreto.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2001/03/02/222#disposicion-final-segunda