Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 3.ª Información microbiológica
Art. 25
25 / 42En vigor desde 1 jul 1996
La notificación será de los casos confirmados que cumplan con criterios de infección reciente. Los casos se referirán, en el tiempo, a la fecha de confirmación del diagnóstico. Dicha notificación se hará mediante un conjunto mínimo de datos.
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Proeli/es/rd/1995/12/28/2210#art-25