Art. Disposición adicional segunda
16 / 21En vigor desde 12 mar 2021
De conformidad con el artículo 14.11 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, que establece como criterio general de actuación de los Poderes Públicos la implantación de un lenguaje no sexista en el ámbito administrativo, todas las referencias al Presidente y al Secretario del Consejo Estatal de Responsabilidad Social de las Empresas y, en particular, las contenidas en los artículos 5 a 8, 10, 11 y 14 del presente Real Decreto se entenderán hechas a la Presidencia y la Secretaría, respectivamente.
Se añade por el art. único.7 del Real Decreto 144/2021, de 9 de marzo. Ref. BOE-A-2021-3762
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2008/02/15/221#disposicion-adicional-segunda