Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 34
44 / 63En vigor desde 31 mar 2022
Este título será de aplicación a la acción concertada del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, para la atención de las personas destinatarias del reglamento, con las entidades que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 38.
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Proeli/es/rd/2022/03/29/220#art-34