Art. 21
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VI

Art. 21

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En vigor desde 31 mar 2022
1. El objetivo de esta fase es apoyar la adquisición de autonomía de las personas beneficiarias de protección internacional o del estatuto de apatridia, así como la consolidación de conocimientos y habilidades que hagan efectiva su plena inclusión en la sociedad. 2. El inicio de la fase de autonomía se produce con la salida del recurso de acogida e implica la continuación del itinerario individualizado diseñado en la fase de acogida.
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eli/es/rd/2022/03/29/220#art-21