Art. Disposición adicional única
10 / 14En vigor desde 27 nov 2004
Quedan suprimidos los siguientes órganos:
a) Con nivel orgánico de dirección general: la Dirección General de Infraestructuras Deportivas y Servicios, que pasa a denominarse Dirección General de Infraestructuras Deportivas.
b) Con nivel orgánico de subdirección general:
1.º La Subdirección General del Deporte Profesional.
2.º La Subdirección General de Control Financiero de Federaciones y Entidades Deportivas, que pasa a denominarse Subdirección General de Inspección.
3.º La Subdirección General de Cooperación Deportiva y Deporte Paralímpico, que pasa a denominarse Subdirección General de Promoción Deportiva y Deporte Paralímpico.
4.º El Centro de Alto Rendimiento y de Investigación en Ciencias del Deporte, que pasa a denominarse Subdirección General de Deporte y Salud.
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Proeli/es/rd/2004/11/25/2195#disposicion-adicional-unica