Capítulo CAPÍTULO I
Art. 1
1 / 31En vigor desde 31 dic 1995
El Cuerpo de Inspectores de Educación, creado por la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la participación, la evaluación y el gobierno de los centros docentes, como cuerpo docente, ejerce las funciones atribuidas a la Inspección de Educación en todas las Administraciones educativas en el ámbito de sus respectivas competencias, sin perjuicio de la alta inspección que corresponde al Estado.
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Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1995/12/28/2193#art-1