Art. 12
12 / 18En vigor desde 10 abr 2009
Las comunidades autónomas y el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, en colaboración con la Comisión Europea y, en su caso, con la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, organizarán campañas de información y sensibilización sobre la prohibición total del uso de 17-Beta-Estradiol en animales destinados a la producción de alimentos, dirigida a los ganaderos y a la Organización Colegial Veterinaria.
Se añade por el art. único.8 del Real Decreto 562/2009, de 8 de abril. Ref. BOE-A-2009-5927
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2004/11/12/2178#art-12