Art. 9

Art. 9

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En vigor desde 17 feb 2008
1. Por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación se crea la base de datos Letra Q como herramienta para asegurar la trazabilidad en el sector lácteo, que constituirá el soporte del Registro general de agentes del sector lácteo y contendrá toda la información relativa a los movimientos de leche. 2. La ''base de datos Letra Q'' será accesible desde cualquier punto remoto a través de Internet y tendrán acceso a ella, mediante el sistema que se establece en el artículo 10, tanto las autoridades competentes, los agentes, los establecimientos y los laboratorios de análisis registrados, para la información que les compete, sin perjuicio de los límites que legalmente correspondan para la protección de los datos de carácter personal. Se modifica el apartado 2 por la disposición final 1.6 del Real Decreto 1728/2007, de 21 de diciembre. Ref. BOE-A-2008-823 .

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eli/es/rd/2004/02/06/217#art-9