Capítulo CAPÍTULO V
Art. 12
12 / 18En vigor desde 31 mar 2019
El incumplimiento de lo dispuesto en el presente real decreto será sancionado conforme a lo previsto en el título VI de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
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Proeli/es/rd/2019/03/29/216#art-12