Art. Disposición final sexta
Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición final sexta

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En vigor desde 17 feb 2008
El Banco de España dictará las disposiciones necesarias para la aplicación del régimen previsto en la disposición transitoria primera de la Ley 36/2007, por la que se modifica la Ley 13/1985, de 25 de mayo, de coeficientes de inversión, recursos propios y obligaciones de información de los intermediarios financieros y otras normas del sistema financiero.
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