Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO VI
Art. 56
60 / 149En vigor desde 17 feb 2008
No obstante lo dispuesto en el capítulo VIII del presente título, las entidades que calculen los requerimientos de recursos propios sobre su cartera de negociación con arreglo al presente capítulo, controlarán y supervisarán sus grandes exposiciones según lo dispuesto en el capítulo VIII.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2008/02/15/216#art-56