Art. Disposición final primera

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 28 feb 2024
Se añade una letra j) al artículo 2, con la siguiente redacción: «j) Adoptar las medidas de coordinación necesarias para asegurar un enfoque coherente de la planificación de recursos humanos de ámbito general, específica y de reestructuración sobre la base de instrumentos comunes.»
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eli/es/rd/2024/02/27/210#disposicion-final-primera