Art. [preambulo]

Art. [preambulo]

En vigor desde 29 feb 2024
Una vez aprobado el Real Decreto 829/2023, de 20 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, con el objeto de facilitar el desarrollo del programa político del nuevo Gobierno, y tras la publicación del Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, se hace preciso desarrollar la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, actualizando y reordenando las funciones atribuidas a los distintos órganos superiores y directivos que lo conforman, con el fin de conseguir la máxima eficacia y racionalización en el cumplimiento de sus objetivos. La estructura que se desarrolla mediante el presente real decreto pretende una organización más eficiente del Departamento, con el objetivo de dar respuesta a los retos que se plantean como consecuencia de la necesidad de proteger y avanzar en los derechos sociales, el compromiso firme con el logro de los objetivos de la Agenda 2030, y el interés en arbitrar medidas en materia de protección de las personas consumidoras y regulación del juego. Corresponde a este Departamento la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de bienestar social, de cohesión social y de atención a las personas dependientes o con discapacidad, promoviendo el impulso y el ejercicio en el ámbito estatal de las políticas y funciones vinculadas con los derechos sociales y, asimismo, con la interlocución con las entidades que conforman el Tercer Sector Social, dentro de los parámetros que se encuentran actualmente recogidos en la Ley 43/2015, de 9 de octubre, del Tercer Sector de Acción Social. El órgano superior encargado del desarrollo de estas políticas será la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, de la que dependen las Direcciones Generales de Derechos de las Personas con Discapacidad, y de Diversidad Familiar y Servicios Sociales. Estas direcciones generales se centran en unas áreas sobre las que se quiere actuar de forma preferente, destacando aquellas políticas más concretas destinadas a la protección de los sectores más desfavorecidos, vulnerables o con necesidades especiales de protección, todo ello dentro de las competencias que corresponden al Estado y con la necesaria coordinación con las políticas de las comunidades autónomas. Dentro de los cometidos de esta Secretaría de Estado, también se encuentra la política de protección de los derechos y del bienestar de los animales, para lo que contará con la Dirección General de Derechos de los Animales, con un enfoque dedicado a la promoción de políticas para la protección de los animales, la coordinación de dichas políticas con otros departamentos y administraciones públicas y su convergencia con la legislación europea. Asimismo, corresponde al Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de consumo y protección de las personas consumidoras y de juego. A este respecto, dispone, como órgano directivo, de la Secretaría General de Consumo y Juego, de la que dependen la Dirección General de Consumo y la Dirección General de Ordenación del Juego, con el objetivo de impulsar y coordinar la política del Gobierno en lo referente a la promoción de las políticas de consumo y juego, con atención a la garantía de los derechos constitucionales y del interés general. Corresponde también a la Secretaría General de Consumo y Juego el impulso de la cooperación institucional interterritorial y la participación en los organismos internacionales y de la Unión Europea correspondientes por razón de la materia. Finalmente, corresponde al Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de impulso para la implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de la Organización de las Naciones Unidas. A este respecto dispone, como órgano directivo adscrito directamente a la persona titular del Ministerio, de la Dirección General de Agenda 2030, que impulsará el cumplimiento de las metas de la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible, así como la necesaria coordinación con el resto de los órganos competentes de la Administración General del Estado y de otras administraciones públicas en este ámbito, y realizará la gestión y coordinación de las relaciones internacionales en las materias competencia del Ministerio. El presente real decreto se adecúa a los principios de buena regulación a los que se refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y que son los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia. Así, este real decreto atiende a la necesidad de desarrollar la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, siendo la regulación prevista eficaz y proporcionada en el cumplimiento de este propósito. También contribuye a dotar de mayor seguridad jurídica a la organización y funcionamiento del Ministerio, al adecuar aquella a la estructura de órganos directivos actualmente existente. Cumple también con el principio de transparencia, al quedar claramente identificados los objetivos que persigue el real decreto y ajustarse a la tramitación establecida por la normativa vigente, y con el principio de eficacia, al establecer una estructura administrativa eficiente limitada a las estructuras necesarias para dar respuesta a las necesidades de proteger y avanzar en los derechos sociales, impulsar el logro de los objetivos de la Agenda 2030 y arbitrar medidas en materia de protección de las personas consumidoras y regulación del juego. En su virtud, a iniciativa del Ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, a propuesta del Ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de febrero de 2024, DISPONGO:
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