Art. 1
Capítulo CAPITULO I

Art. 1

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En vigor desde 16 feb 1995
El presente Reglamento tiene por objeto establecer las especificaciones técnicas que deben reunir las instalaciones petrolíferas dedicadas al refino, almacenamiento y distribución de los productos carburantes y combustibles líquidos, a fin de obtener un nivel de seguridad suficiente, de acuerdo con los conocimientos actuales, para proteger a las personas y bienes.
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eli/es/rd/1994/10/20/2085#art-1