Capítulo CAPÍTULO III
Art. Artículos 15 a 24
25 / 30En vigor desde 4 sept 2005
(Derogados)
Se derogan por la disposición derogatoria única.b) del Real Decreto 951/2005, de 29 de julio. Ref. BOE-A-2005-14836#ddunica . Téngase en cuenta para su aplicación la disposición transitoria única.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/1996/02/09/208#articulos-15-a-24