Art. Disposición final primera
29 / 31En vigor desde 29 feb 2024
Se autoriza a la persona titular del Ministerio del Interior para que adopte las medidas necesarias para el desarrollo de este real decreto, conjuntamente con la persona titular del Ministerio de Defensa en lo que afecte al Cuerpo de la Guardia Civil.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/rd/2024/02/27/207#disposicion-final-primera