Art. Disposición transitoria tercera
Libro ANEXOTítulo TÍTULO IV

Art. Disposición transitoria tercera

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En vigor desde 27 sept 1996
De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1558/1995, de 21 de septiembre, que aprueba el Reglamento Técnico y de Prestación del Servicio de Alquiler de Circuitos, «Telefónica de España, Sociedad Anónima», tendrá la consideración de operador dominante en las demarcaciones en que obtenga título habilitante, hasta que se establezcan los dominantes en cada demarcación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de este Reglamento.
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eli/es/rd/1996/09/13/2066#disposicion-transitoria-tercera