Art. A) Cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
Capítulo CAPITULO IISecc. Sección 3.ª Régimen especial agrario§ Subsección 2.ª Cotización a cargo de la empresa

Art. A) Cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales

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En vigor desde 26 ene 1996
A) Cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
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