Art. Disposición adicional primera
Capítulo CAPÍTULO IX

Art. Disposición adicional primera

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En vigor desde 13 ene 2009
Con el fin de contribuir a la prevención de las actividades vulneradoras de los derechos de propiedad intelectual, que señala el artículo 19.1 h) de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, y dentro del marco de las medidas de fomento establecidas en el artículo 33 de dicha ley, el ICAA suscribirá convenios con bancos y entidades de crédito cuya finalidad específica sea facilitar a las empresas la financiación que permita el desarrollo de infraestructuras necesarias para la creación de portales web de descargas y/o visionados legales de contenidos cinematográficos y de otras obras audiovisuales.
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