Art. 5
Capítulo CAPÍTULO II

Art. 5

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En vigor desde 5 ago 2009
La puesta en servicio requerirá la presentación de la documentación que para cada caso se determina en el artículo 5 de Reglamento de equipos a presión.
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Pro

eli/es/rd/2008/12/12/2060#art-5-1